Las nuevas normas de la Ley de Seguridad Vial que han entrado en vigor en 2021 traen grandes cambios en la circulación por las carreteras españolas. Las nuevas directrices de la Dirección General de Tráfico (DGT) ya han entrado en vigor, y deben conocerse para evitar posibles multas.
Un claro ejemplo ocurre con los patinetes eléctricos que, por ejemplo, ya no podrán circular por las aceras. Además, hay otras nuevas limitaciones que deben conocerse para evitar multas de tráfico. Te vamos a hablar de cada una de ellas para que no tengas ningún problema a la hora de circular y puedas evitar las sanciones.
No obstante, antes de hablar de cada una de ellas, hay que tener en cuenta que el nuevo reglamento para 2021 llega cargado de cambios, sin subida en el impuesto al diésel y con un endurecimiento de las sanciones tanto económicas como en materia de puntos de carné.
El objetivo de la nueva reglamentación de Tráfico es la de reducir a la mitad el número de fallecidos en carretera en diez años.
Reducción de velocidad en las ciudades
La primera de las medidas que se han puesto en funcionamiento y que suponen un gran cambio para los conductores es la reducción de la velocidad en las ciudades. Desde comienzos de mes, la nueva normativa es de 20 km/h en las calles que tengan acerca y calzada al mismo nivel; 30 km/h para las vías con un único carril por sentido en ciudad; y se mantiene en 50 km/h para todos aquellos casos en los que haya dos o más carriles.
Cinturón de seguridad
El reglamento establece que la multa por conducir sin cinturón de seguridad o sin Sistema de Retención Infantil (SRI) es de 200 euros. El importe de la sanción no ha variado, pero hay que tener en cuenta que, a partir de ahora, este olvido llevará asociado una mayor pérdida de puntos, una medida que se ha aplicado también en otro tipo de infracciones.
En 2020 conducir sin cinturón suponía una sanción económica y una pérdida de tres puntos del permiso de circulación. Ahora ha aumentado a 4 puntos de sanción en el permiso de circulación. Hay que tener en cuenta que se penaliza tanto a quién no lo lleve puesto como si se utiliza de una forma incorrecta.
Uso del teléfono móvil
Dado que gran parte de las distracciones al volante vienen dadas por el uso de dispositivos móviles al volante, la DGT sancionará el llevar el móvil en la mano. No importará si llamas o no por teléfono o que lo utilices, siendo suficiente con que lo tengas en la mano sin uso para poder ser multado.
Los agentes de Tráfico tienen potestad para multar a los conductores que utilicen el teléfono móvil. Las infracciones por este motivo llevan asociadas una multa económica de 200 euros y una pérdida de 6 puntos de carnet. Esto supone un aumento con respecto a los tres puntos con los que se era sancionado hasta el momento.
También estará penalizado el hecho de utilizar el teléfono estando en semáforos en rojo. Hay que tener en cuenta que es posible llevarlo en el salpicadero, siempre que vaya en un soporte homologado y no sea manipulado durante la conducción.
Cambios en la velocidad al adelantar
Otro de los grandes cambios tiene que ver con los adelantamientos. La Dirección General de Tráfico ha decidido suprimir la opción de superar en 20 km/h el límite máximo de una vía para poder llevar a cabo un adelantamiento en las carreteras secundarias.
De acuerdo a lo indicado por la DGT, esta medida ha sido tomada ante la elevada siniestralidad que tiene lugar en todas las vías secundarias de este tipo; y además ha recalcado que esta posibilidad de superar el límite en 20 km/h para el adelantamiento no existe en ningún otro país europeo.
De esta forma, se busca tener un mayor control en las carreteras y reducir la posibilidad de que haya un accidente. No obstante, esta decisión ha levantado cierta polémica, ya que imposibilita en muchos casos rebasar a vehículos que puedan circular a velocidades inferiores a las determinadas.
Detectores de radar
El cambio que ha tenido lugar con respecto a los detectores de radar es similar al de los dispositivos móviles. Se prohíbe su uso y los agentes de tráfico podrán multar siempre que detecten la presencia de estos dispositivos en el vehículo, sin importar si este ha sido utilizado o si se encuentra desactivado.
Por lo tanto, la instalación de este equipo en el vehículo o tan solo el hecho de llevarlo en el vehículo, puede conllevar una sanción económica por parte de los agentes. De esta forma, la DGT busca hacer frente a todos aquellos que incumplen la normativa de velocidad gracias a este tipo de equipos. No obstante, hay que tener en cuenta que en gran medida, gracias a los radares de tramo, han logrado hacer frente a este tipo de conductores con conductas ilegales.
Reducir los siniestros, el gran reto de la DGT
El gran reto que tiene por delante la Dirección General de Tráfico es la de tratar de reducir los siniestros en las carreteras españolas. De hecho, algunos organismos como la Fundación Mapfre ya propusieron hace cinco años la reducción de la velocidad de circulación en las carreteras españolas.
Un lustro después se ha logrado su objetivo, aunque los expertos insisten que para poder reducir la siniestralidad es importante también que estas medidas vayan asociadas a una mayor inversión a la hora de mejorar las vías y la seguridad vial.
Además de las medidas ya mencionadas, también se ha decidido actualizar el carné por puntos, implementado hace casi quince años. Esto hacía que fuese necesario actualizar las sanciones y revisar el sistema para tratar de concienciar a los conductores sobre las conductas que suponen un peligro.
Para finalizar, también cabe mencionar la subida del impuesto de matriculación en un 5%, lo que puede hacer que el precio de los vehículos se eleve en torno a los 1.000 euros.