Al término de 2021 se aprobó la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que tiene fijada para el 21 de marzo su entrada en vigor. Desde la DGT recuerdan algunas de las modificaciones más destacadas, haciendo especial hincapié en la velocidad o en las distracciones al volante.

Estos siete cambios incluyen nuevas prohibiciones, multas, así como la retirada de más puntos en el permiso de conducir. Tráfico ya ha lanzado la campaña informativa bajo el lema ‘Nuevos tiempos. Nuevas normas’ con el propósito de que los conductores estén al tanto de estas modificaciones.

Conducir con el móvil en la mano, pérdida de seis puntos

Conducir sujetando el móvil con la mano implicará la pérdida de seis puntos, cuando hasta la fecha se sancionaba con tres. Por su parte, manipular el terminal cuando se encuentre colocado sobre un soporte se seguirá castigando con tres puntos, al igual que ocurre con el display multimedia o el navegador. En lo que se refiere a la multa, se mantiene en los 200 euros al seguir teniendo la consideración de infracción grave.

Cuatro puntos por no llevar el cinturón abrochado

No llevar el cinturón de seguridad abrochado implicará una sanción de cuatro puntos, pero el castigo se extiende también a otros sistemas de retención cuando no se utilicen debidamente, como las sillitas infantiles o el casco. Hasta ahora se venía restando tres puntos por este tipo de infracciones. En lo que se refiere a la sanción económica, también seguirá en los 200 euros.

Hay que añadir a todo esto, que los usuarios de los patinetes eléctricos deberán llevar casco. De no hacerlo se exponen a una multa de 200 euros.

Se acaba el margen de 20 km/h en los adelantamientos

En las carreteras convencionales los vehículos y motocicletas cuentan con un margen de 20 km/h para adelantar, pero desde el 21 de marzo desaparece esta opción. Esto implica que habrá una infracción por excederse con el límite de velocidad, que se traducirá en una multa de 100 euros, sin que afecte a la pérdida de puntos.

Se trató el punto más controvertido de esta nueva ley. Para llevarlo a cabo, la DGT esgrime que España era el único país de Europa que permitía rebasar la velocidad para adelantar. Algunos organismos sostienen que esta medida no ayudará a rebajar la incidencia en las carreteras, ya que ese plus de velocidad ayudaba a realizar el adelantamiento con más celeridad y con seguridad.

Los menores, con una tasa de alcohol 0,0

Habrá un grupo de personas que tendrán que ofrecer una tasa de alcohol 0,0 para no ser sancionados. Es la primera vez que se implanta esta cifra. Se tratan de los menores de edad que se pongan al frente de una bicicleta o patinete, así como de motos de menos de 125 cc, ciclomotores o cuadriciclos ligeros.

Este cambio es motivado por la gran irrupción en los últimos años de los vehículos de movilidad alternativa, que han ido ganando protagonismo en la carretera y que tienen a los jóvenes como principales usuarios.

Todavía no se han confirmado la cuantía de las sanciones por incumplir estas normas. Para el resto de conductores ronda entre los 500 y 1.000 euros, además de la resta de cuatro a seis puntos, en función de la cantidad de alcohol en sangre.

Detener la marcha en un carril bici

Con el propósito de reforzar la seguridad de los usuarios más vulnerables, como son los de los patinetes y bicicletas, también se ha contemplado la prohibición de parar o estacionar en aquellos carriles pensados para ellos. De esta manera se suma a los carriles bus, cambios de rasante o curvas.

Está considerada como una infracción grave, por lo que supondrá una multa de 200 euros, sin que afecte a la pérdida de puntos.

Adelantar a los ciclistas, por el otro carril

La nueva ley de Tráfico recoge una serie de medidas pensadas en la protección de los ciclistas. En las carreteras con más de un carril por sentido será obligatorio pasarse al carril contiguo para efectuar el adelantamiento. Por su parte, en aquellas de un único carril por sentido se conserva la medida de dejar una distancia de cómo mínimo 1,5 metros respecto a la bicicleta.

Rebasar al ciclista de manera incorrecta está considerado como una infracción grave, con una sanción de 200 euros. Uno de los cambios introducidos en esta nueva normativa es que implicará también la pérdida de seis puntos.

Dos años sin infracciones para recuperar los puntos

El periodo para la recuperación de todos los puntos del carnet es de dos años sin haber cometido ninguna infracción que implicara su resta. Hasta la fecha eran de dos años cuando las sanciones fueran graves y de tres en el caso de las muy graves.

Se trata de simplificar el proceso y esto solo será válido cuando el conductor cuente con puntos. Aquellos que tengan el saldo a cero no tendrán la posibilidad de beneficiarse de esta medida. En este último caso, la opción que tienen para recuperarlos será participando en los cursos de reeducación.

Otras multas que llegan a partir de marzo

La DGT ha decidido intensificar su campaña de comunicación en estos siete puntos, pero hay otros cambios que deberías conocer antes de ponerte al volante de tu vehículo.

  • Arrojar objetos a la vía: representaba una infracción grave, restando cuatro puntos. La nueva normativa la considera muy grave, traduciéndose en una multa de 500 euros y seis puntos del carnet.
  • Detectores de radar: a partir de ahora se sancionará con tan solo llevarlos montados en el vehículo. Está catalogado como una infracción grave y la sanción supondrá un desembolso de 200 euros. En lo que se refiere a la pérdida de puntos, ascenderá a tres.
  • Usar dispositivos de intercomunicación para obtener o recuperar los permisos de conducir. Al parecer, este tipo de fraudes son cada vez más frecuentes. Tráfico pasa a considerarlo de infracción muy grave, con una multa de 500 euros, y sin que el examinado pueda presentarse durante un periodo de al menos seis meses.